Imagen de Kira López, víctima de acoso escolar, alumna del Pare Manyanet Sant Andreu, Barcelona.
Siempre que me escriben o me llaman preguntando qué pasos pueden dar los padres para denunciar el bullying que sufren sus hijos les hago siempre las mismas preguntas iniciales para saber en qué terreno nos movemos.
Lo primero que hay que saber es si el centro educativo es concertado o privado o si, por el contrario, es un centro público.
Si es un centro concertado pregunto si es laico o religioso.
También la edad de los niños involucrados en el acoso y hasta qué punto han intervenido en el caso docentes, Inspección Educativa, observadores, padres y la dirección del centro.
Os explico las diferencias y qué pasos dar.
Denunciar a un colegio público
La importancia que tiene si el colegio es público o concertado privado es porque si es público y queremos demandarles o denunciarles tendremos que acudir primero a la vía administrativa y, una vez agotada ésta, iniciar un contencioso-administrativo ya que el colegio no tiene personalidad jurídica propia y en este caso iríamos contra el mismo Estado, en el caso de España sería contra la Consejería de Educación por tener cada autonomía la competencia cedida. Así, responde la administración autonómica y se podría pedir una indemnización salvo en casos de fuerza mayor.
Denunciar a un colegio concertado o privado
En el caso de un colegio NO PÚBLICO en España se puede poner o bien una denuncia penal si el bullying es de tipo delictivo y está contemplado en el Código Penal o una demanda civil si el bullying es social, psicológico u otro tipo de acoso que no contemple el Código Penal.
El artículo 1903.5 de nuestro Código Civil determina que “las personas o entidades que sean titulares de un centro docente de enseñanza no superior responderán por los daños y perjuicios que causen sus alumnos menores de edad durante los periodos de tiempo en que los mismo se hallen bajo el control o vigilancia del profesorado del centro, desarrollando actividades escolares o extraescolares y complementarias”.
Esto es conocido en derecho como “culpa in vigilando”, o lo que es lo mismo, delegar la guardia y custodia al centro mientras los alumnos están en el centro. Así, deben vigilar y cuidar a sus alumnos a todos los niveles, como si fuesen sus tutores legales, garantizando su seguridad física y mental.
Es la dirección del centro educativo la que una vez denunciados tienen que demostrar que actuaron con diligencia y han controlado al alumnado, por ejemplo, aplicando el cuadro de guardia en el patio a la hora del recreo, no dejando el aula vacía entre clase y clase o hacerlo el mínimo tiempo posible, etc.
Denunciar a un colegio religioso
Este tipo de centros, sean concertados o privados, tienen las mismas obligaciones que uno concertado o privado laico, pero además hay que añadir que ellos priorizan el derecho canónico por encima del resto de leyes, o al menos algunos de estos centros así lo han demostrado. Por todo lo demás, tienen las mismas obligaciones y derechos. Recibirá dinero público del Estado si es concertado.
Todos los colegios deben cumplir la Ley
Un colegio debería ser siempre un lugar seguro donde poder aprender, relacionarse y hacer amigos, pero no siempre es así. En la actualidad se debería invertir más en prevención y detección para poder intervenir lo antes posible ante el acoso escolar. En el momento de escribir este artículo todavía hoy los protocolos contra el acoso escolar se centran en apartar a la víctima, recomendarle ayuda psicológica e incluso tienen que cambiar de centro, mientras los acosadores, a veces auténticos delincuentes, siguen el curso escolar con normalidad. No se prioriza lo más importante que es proteger a los niños frente a la violencia, y eso es algo que entre todos tenemos que cambiar.
Cuando el colegio demuestra que ha actuado con diligencia queda libre de cualquier responsabilidad civil, si han activado protocolos y tomado las medidas necesarias no tendrá responsabilidad. Si no ha habido bullying y se trata solo de un conflicto entre iguales, aunque no apliquen el protocolo, están obligados a actuar igualmente.
Al más mínimo atisbo de violencia el colegio puede avisar a la USAV (en Cataluña se llama así, en otras comunidades puede cambiar el nombre) que es la Unidad de Apoyo al Alumnado en Situación de Violencia. Si es usted director de un centro educativo le recomiendo que les avise cada vez que detecte violencia, pues si no lo hace, la propia Consejería de Educación podría ponerse en su contra en caso de que un niño acabase con daños graves o muerto por suicidio. Actualmente algunos directores de centros educativos no actúan así, e intentan encubrir el bullying, pero hoy con las redes sociales es imposible encubrir esto. No tiene sentido, aunque es lo que hacen muchos, intentar tapar el bullying y no apoyar a la víctima, esto no es una actitud inteligente, pero se sigue haciendo, por las pocas consecuencias que hay si ese bullying no es aparentemente grave pero, como he dicho, si acaba en gravedad será el docente o director quien acabará en un juzgado si los padres ponen demanda o denuncia, cosa que podrían evitar si hace su trabajo y siguen las reglas que hay por escrito, pero que todo el mundo se salta. Por ejemplo, el protocolo contra el acoso escolar catalán, con todos sus defectos, protege a la víctima pero apenas actúa contra el acosador que es realmente el que necesita ayuda psicológica. Este protocolo dispone de dos mapas: uno el mapa de prevención y otro el mapa de seguridad que son normas a seguir para dar protección a la víctima inicialmente de forma urgente, y luego haciendo un mapa de protección más cuidadoso, exhaustivo y completo, que podría ir desde la expulsión del acosador hasta al acompañamiento de la víctima desde que sale de su casa hasta que llega al colegio, cambiar al acosador de aula, etc. Este protocolo tiene defectos y es mejorable, pero el principal problema es que en los centros educativos no se pide su aplicación, muchos prefieren mirar a otro lado y esto a veces trae trágicas consecuencias. A eso, si juntamos ese negacionismo al de la inspección educativa muchas veces estamos creando una grave indefensión a la víctima y a su familia de forma que se podría llegar al suicidio, o a que algún familiar atacase a un director o docente.
Los actuales protocolos de las 17 autonomías españolas no son imparciales ni objetivos (se centran en la víctima victimizándola más y no tiene consecuencias contra los acosadores) y en la mayoría de los casos se usan como coartada por parte de los centros educativos, para evadir su responsabilidad. El protocolo catalán con sus 119 páginas es tan engorroso que la mayoría de los docentes ni se lo han leído, tampoco directores de institutos.
Todos los centros educativos tienen un Plan de Convivencia. Este plan incluye el régimen de interno donde están las pautas de comportamiento y actuación para alumnos y docentes. Como padres, tienen derecho a pedirlo.
Recientemente se ha creado la figura del Coordinador de Bienestar y Protección del Alumnado. Es obligatorio según la ley que cada colegio tenga uno, pero hoy día en la práctica esto no es así. Este coordinador se encarga desde un conflicto hasta el acoso escolar, garantizando la aplicación del plan de convivencia y el protocolo de acoso escolar. Tiene que comunicar siempre a su director lo que pasa en el centro y si ve un delito denunciarlo. Como le dije por carta al Presidente Pedro Sánchez y en persona a la Ministra de Educación Pilar Alegría y al Secretario de Educación José Manuel Bar, si este coordinador está en la nómina del colegio no servirá para nada pues el colegio seguirá siendo juez y parte.
La no aplicación de protocolos con resultados lesivos o de muerte, como fue el caso de mi hija Kira López, o el de Alana, el caso de las gemelas de Sallent, donde tampoco se aplicó protocolo alguno, comporta una gran responsabilidad al centro educativo por no haber seguido las normas. En Cataluña no solo hay el Protocolo de prevención, detección e intervención ante el acoso y el ciberacoso entre iguales sino que también existen el Protocolo de prevención, detección e intervención frente al acoso escolar a personas LGBTI, el Protocolo de prevención, detección e intervención ante conductas de odio y discriminación, el Protocolo de actuación con menores de catorce años en situaciones de conflicto o comisión de una infracción penal, el Protocolo de intervención en caso de conflicto grave, el Protocolo de prevención, detección, notificación, derivación y coordinación de las situaciones de maltrato infantil y adolescente en el ámbito educativo, el Protocolo de prevención, detección e intervención ante la violencia machista entre el alumnado, el Protocolo de ámbito comunitario de prevención, detección e intervención ante situaciones de absentismo y el Protocolo para la atención y acompañamiento del alumnado transgénero en los centros educativos. Estos protocolos son muy parecidos, algunos casi iguales, pero la principal diferencia es que los protocolos por ejemplo para personas LGTBI o el protocolo de delitos de odios obligan al centro educativo a comunicar los hechos a la Inspección Educativa y a la policía y o el fiscal. Estarían obligados si son escrupulosos en la aplicación de las normas, incluso a denunciar en juzgado o comisaria. Esto no lo pone por escrito pero es lo que te dicen si llamas por teléfono a la Consejería de Educación, y es lo que dice la ley cuando se conoce de un delito grave.
Debería ser prioritario que un colegio fuese un sitio seguro. Si nos fijamos en muchos de ellos sería imposible suicidarse saltando al vacío, pues tienen protecciones por todas partes, pero luego no cuidan la seguridad física o mental de sus alumnos olvidándose por completo de su salud mental, su autoestima, su inseguridad, y poniéndoles sus relaciones sociales muy difíciles en el centro, cosa terrible para un adolescente. Por ejemplo, algunos centros cambian de clase cada año a los alumnos sin tener en cuenta la timidez de éstos o la dificultad que tienen para relacionarse y cambiarlos no les ayuda, sino todo lo contrario. Son pequeños detalles que pueden ser muy importantes.
El acoso escolar o bullying, que yo prefiero llamar violencia en las escuelas, es una lacra mundial. México es el primer país del mundo con más acoso escolar, y España es el primero de Europa. Y eso que no hay cifras oficiales, cosa que no paro de reclamar constantemente a los gobernantes, que el INE, el Instituto Nacional de Estadística haga un estudio para saber el alcance real y así poder enfrentarse a este problema con datos reales.
Se ha convertido en un problema tan grave que la mayoría de los países de occidente ya han legislado sobre ello, excepto España. Toca dejar de decir que son “cosas de niños” o que “esto siempre ha pasado”, porque ahora tenemos también las redes sociales y el temprano acceso a información, pero ese es un tema que requiere mucho estudio y un artículo sobre ello.
Así, si su hijo sufre acoso, primero denúncielo en el colegio por escrito, pida un acta de la reunión. Si no se la dan, envíen un email explicando de lo que hablaron y pidiendo el acta.
Si el colegio no hace nada denuncie en su Inspección Educativa y si estos no hacen nada, cosa posible, advierta de que pondrá una demanda o denuncia. Llegado el caso si el daño hecho a su hijo es grave ponga la denuncia en una comisaría y si es un daño psicológico o difícil de encajar en el Código Penal u otras leyes por la policía mejor vaya a un juzgado donde no le pondrán pegas por poner la denuncia. Si denuncia vía penal en el juzgado mejor contrate antes a un abogado especializado si los daños son graves, si no no es necesario. Si pone una demanda civil exigiendo a la otra parte más de 2000 euros necesitará un abogado, si pide menos de esa cantidad no es obligatoria la contratación de un letrado.
Sepa que los mayores de 14 años tienen responsabilidad penal, pues se entiende que saben diferenciar entre el bien y el mal, pero en nuestro código penal no existe el acoso escolar como delito (sí existe el acoso laboral) así que cuando un mayor de 14 delinque se tiene que acudir al código penal y mirar si hay delito de lesiones, amenazas, coacción, calumnias, inducción al suicidio, delito de lesiones, etc. Otros delitos como son el delito contra el honor o la integridad es mejor denunciarlos por lo civil.
De todas formas, a los mayores de 14 y menores de 18 las sentencias no se le aplican de forma estricta como a un adulto y la pena puesta se reduce a aplicarles el código civil, garantizando que nunca entrarán en prisión y a los 18 quedarán libres para rehacer su vida. Los menores de 14 son inimputables, y si comenten un delito tan solo el fiscal enviará una comunicación por escrito al centro educativo y esa será la única actuación. Por eso yo estoy de acuerdo en bajar un año o dos la edad penal, pues sabiendo que nunca entrarán en prisión por lo menos que tengan algunas consecuencias ellos y sobre todo sus padres.
Los docentes a veces comenten un delito que, por alguna razón hasta día de hoy, no se les está aplicando. Esta es una lucha que llevo a cabo pues no entiendo como fuera del centro educativo todos estamos obligados a actuar para ayudar a otros si presenciamos un accidente o un delito pero si es dentro del centro no pasa nada. Se trata del delito de comisión por omisión, el “mirar a otro lado”. Son demasiadas las veces que los docentes cometen este delito sin tener consecuencias, adoptando una actitud pasiva cuando presencian violencia escolar.
Algunos argumentan que el código penal no les obliga a esto o a lo otro cuando no todas las leyes están solo ahí por estar sino que hay leyes como la Ley de Educación y otras que, sin formar parte del código penal, no son menos importantes y deben ser respetadas.
Para que haya responsabilidad penal por omisión ha de existir un deber jurídico de actuar, una relación causa efecto entre la inactividad, el no hacer nada, y el resultado lesivo, y un elemento subjetivo en el que el omitente haya podido actuar y sin embargo haya preferido mirar a otro lado. La denegación de auxilio y la omisión de perseguir delitos (o denunciarlos) es obligatorio para todos no solo para la policía. (CC: art.2, 450,1, art. 408).
Esa omisión, ese “no hacer nada”, ha de ser relevante, es decir, el incumplimiento de una norma o ley. Todos estamos obligados ante la ley a socorrer y ayudar (CC:195 y 450).
En España los docentes y directores tienen carácter de autoridad y no lo son solo para que tenga más protección jurídica y que si sufren un ataque tengan representación letrada gratis sino que también le conllevan unas obligaciones. Son garantes de la seguridad y la integridad del alumno a todos los niveles. Si conocen un conflicto o acoso y no lo tratan se les podrá acusar por un delito de comisión por omisión.
El centro educativo está obligado ante la más mínima sospecha de violencia escolar a comunicarlo a la Inspección Educativa para poder evaluar el riesgo y aplicar el protocolo correspondiente e implicar a padres, tutores, la propia inspección, los observadores y cualquier personal del centro.
Fuentes: LOPIVI. Código Penal. Código Civil. https://xtec.gencat.cat/ca/centres/projeducatiu/convivencia/protocols
Firmado: José Manuel López Viñuela
Perito en Gestión y Dirección de Centros Educativos, Acoso Escolar, Lenguaje no verbal, Auditoria de Calidad y Relaciones Laborales.
Tienes razón es una lacra, tienen que ayudar al acosado. Y que pasa cuando el acosado está siendo acosado por los padres porque es una menor de 4 años y sus hijos son manejados por ellos??? Cuando las acciones de la fila de entrada está perfectamente orquesta por ellos??? Eso es bullying???
Un artículo riquísimo cuyo contenido me va a servir para confirmarles a algunos que realmente he padecido acoso escolar, lo que superé gracias a una fuerza de carácter y a proyectos, lo que no es debido a todo el mundo. Me imagino que en Francia los protocols son iguales, la verdad es que no me he metido en ello, pero eso sí… este artículo me confirma que el colegio donde me ocurrió este acoso no hizo bien su trabajo, era yo la culpable por no tomarme ciertas palabras con humor…
Está muy bien en cuanto leyes, justica. Gracias por toda esta información! Pero la vida no entiende de justicia y hay q evitar con todo q maltraten y hagan un infierno a los niños. No se pasa ni 1
Apoyamos la causa de su hija,lamentamos profundamente desde nuestro corazón la pérdida irremplazable de su maravillosa niña y nos sumamos a esta cruzada.Nuestra hija Mireia,asperger,,está sufriendo un periplo en su educación,activamos protocolo de acoso,con resultado desfavorable hacia ella.Nos damos cuenta que es una situación frecuente y por eso responsabilizamos al instituto IES Zurita de Zaragoza por desprotección,vulneración de sus derechos y actuación clínica e inconveniente por parte del equipo directivo..Protegen a sus acosadores y mi hija ha tenido que abandonar el centro a mitad de curso. Desde educación nos aconsejan pasar página. No estamos de acuerdo,hasta cuándo tienen que sufrir vejaciones,acoso,burlas las víctimas.Queremos hacer llegar nuestra queja a la ministra Pilar Alegría,el sistema educativo funciona para fortalecer y proteger a los acosadores. Nadie ve nada y entre la comunidad educativa impera la ley del silencio,como la mafia.Debemos exigir directivas valientes y profesorado formado . La infancia y la juventud son un material sensible que debe ser protegido como merecen.Que no disculpen a los agresores,nuestros hijos son igualmente menores,adolescentes,alumnos y sufren cada día,necesitan tener seguridad y protección en el aula porque tienen los mismos derechos y los mismos objetivos académicos por cumplir.Esperamos que haya un cambio de conciencia ,que el empeño consiga que se aplique la justicia que se les niega y podamos avanzar en derechos sociales.Muchas gracias por su atención,reciban un fuerte abrazo de nuestra parte.Seguiremos en contacto. Familia Pazos Gragera
Santiago, si quiere dar a conocer el caso de su hija, quizá podríamos ayudarle.
Hola Santiago. Si tiene pruebas hágalo público. O ponga una demanda civil al centro. Una de las dos, pero haga justicia a su hija Mireia, de una forma u otra. Un abrazo.