Decálogo

Aquí tiene el “Decálogo Contra la Violencia Escolar” de nuestra Asociación.

Este decálogo ya fue aprobado por unanimidad en el Parlament de Catalunya el pasado 18 de marzo del 2024 y muy pronto la haremos también extensible al resto de comunidades. Se trata de medidas muy concretas que abarcan no sólo la formación y la prevención sino también, y como foco principal, la protección de la víctima desde el primer momento. Es también una denuncia de la hasta ahora normalización del concepto de “acoso escolar” que permitía por definición la reiteración de las violencias en las escuelas y que ha favorecido que hayan sido demasiados los centros escolares que no han tomado medidas, prolongando un sufrimiento en los menores que vulnera sus derechos y que además puede tener consecuencias devastadoras.

Sin duda, las víctimas y sus familias se verán reflejadas en muchos puntos de este decálogo. No es casual. el “Decálogo Contra la Violencia Escolar” nace de cientos y cientos de denuncias que han llegado hasta nuestra asociación y también de la propia experiencia, personal y profesional, de los miembros que la formamos.

Decálogo contra la Violencia Escolar Trencats:

Para los Centros Educativos:

  1. Activar el Protocolo desde el primer aviso o indicio de violencia o acoso escolar sin que la reiteración sea un requisito para ello. La reiteración de las violencias es maltrato, vulnera los derechos de los menores y no puede tener cabida en los centros escolares.
  2. Usar el término «violencia» y dejar de normalizar el de «acoso escolar». El «acoso escolar» es maltrato continuado y justifica la iniciación de los centros si no se da el requisito de reiteración, por lo que garantiza la seguridad física y moral de los menores que establece la Ley.
  3. Garantizar a través de profesionales la formación de docentes, equipos directivos y comunidad educativa sobre prevención de las violencias en las escuelas y sus consecuencias en quienes las sufren, así como informar de la responsabilidad civil y penal que puedan tener adultos como menores ante posibles negligencias.
  4. Realizar acta o registro de todas las situaciones de violencia escolar que se den en el centro garantizando siempre la copia a las familias, especialmente en casos de acoso escolar, cambios de centro por acoso escolar o absentismo por el mismo motivo.
  5. Sobre la figura del «coordinador de bienestar» garantizar que sea alguien profesional y externo al centro para evitar una inadecuada gestión de la situación y un posible conflicto de intereses.

Para la Inspección Educativa:

  1. Garantizar la inclusión real en los centros educativos dotándolos de recursos y profesionales como cuidadores/as, enfermeras/os, psicólogos/os, etc. para poder dar una atención adecuada a la diversidad.
  2. Implementar la educación emocional desde infantil a través de profesionales debidamente formados y garantizar un seguimiento adecuado en cada etapa escolar.
  3. Escuchar siempre a la víctima y no limitarse a transcribir la versión del colegio en el informe. El centro educativo no puede ser juez y parte. Usar además un lenguaje claro en las resoluciones evitando ambigüedades como «hay espacio para mejorar» frente al «no hay indicios de acoso escolar».
  4. Informar y comunicar siempre por escrito las resoluciones a las familias denunciantes, así como permitir que puedan recurrirlas si fuera necesario.

Para los Centros Privados y Concertados:

  1. Establecer una normativa que obligue a centros públicos y a los de titularidad privada a aplicar los protocolos y medidas contra las violencias en las escuelas, considerando los mismos criterios de actuación que en los centros educativos.

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